PUNTOS FINOS DEL PAGO DE PARTICIPACIÓN A LOS TRABAJADORES DE LAS UTILIDADES POR LAS EMPRESAS

Juan J. Rosado TEMAS DE CONSULTA

La presentación de la declaración anual por parte de las Personas Morales (31 de Marzo) y Personas Físicas (30 de Abril), emparejado a la obligación de pagar I.S.R. en caso de tener utilidades, nace la obligación derivada de las mismas del pago de Participación a los Trabajadores de las Utilidades.

La participación en las utilidades de las empresas, es un derecho que se encuentra en el artículo 123, apartado A, fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y se encuentra regulado en el Capítulo VII de la LFT. Para llevar a cabo el reparto de las mismas, debemos tomar en cuenta lo siguiente

I. La Ley Federal del Trabajo, nos da la metodología para su reparto.

II. La Ley del Impuesto Sobre la Renta, nos llevaría a determinar cuál es la base gravable para este impuesto.

III. La resolución de la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (porcentaje a repartir 10% ).

IV. Reglamento de la LFT fija el procedimiento para la tramitación y resolución de objeción de los trabajadores a la declaración anual presentada por los patrones ante el SAT.

V. Los Patrones con un capital y un ingreso anual declarado menor a $300,000.00.

VI. Quienes están Obligados a repartir Utilidades  (Todas los Patrones Personas Físicas y Personas Morales).

VII. Considerar cuales Empresas Exentas o Exceptuadas de pagar. (Ejemplo: Empresas de nueva Creación).

VIII. Que personal tiene derecho a PTU.

a) De planta

b) Por Tiempo u Obra Determinada

c) De Confianza

d) Extranjeros

IX. Quienes podrían ser trabajadores sin Derecho a PTU. (Ejemplo: personas que ocupen el puesto jerárquicamente más alto de la compañía sin importar su nombre o denominación (directores, administradores y gerentes generales de las empresas).

X. Considerar que hay tres tipos de Salario para considerar para el calculo de la PTU.

a) Fijo

b) Variable

c) Mixto

XI. Considerar cuales días se consi-deran para el reparto.

XII. Cuál sería la PTU Topada.

XIII. Cuáles son los montos permitidos para realizar descuentos sobre la PTU.

XIV. Cuál es el plazo para el pago.

XV. Cuál es el plazo para que la misma prescriba.

XVI. Existe una protección especial para la PTU.

XVII.      Considerar que hay una sanción por la omisión del pago de utilidades.

XVIII. Realizar un correcto cálculo para su reparto de Conformidad con a la Nueva Reforma Laboral.

También no podemos pasar por alto que puede ser un buen momento para que los trabajadores pudieran iniciar un pequeño ahorro y ¿por qué no?, pensar a corto plazo en que puedan llevar a cabo una inversión y poder tener un Patrimonio Familiar.