Defunción en el extranjero

TEMAS DE CONSULTA Víctor M. Escamilla

Estimado lector, suele suceder que cuando un familiar (padre, madre, hermano etc.) se encuentra en territorio extranjero ya sea de negocios o de placer y este desafortunadamente fallece en aquel lugar, uno cree que es complicado realizar trámites en nuestro territorio nacional, no es así simplemente hay que llevar un orden cronológico de los pasos a seguir, deje le relato que durante la pasada pandemia del COVID 19, llego a mi despacho un cliente señalando que su señor padre había fallecido en el vecino país de Estados Unidos de América, el cliente traía varios escenarios distintos, porque su padre tenía varias propiedades en distintos Estados de la República Mexicana, con las preguntas de rigor realizadas a mi cliente lo más trascendente que salió fue que el progenitor de mi cliente había fallecido en New York pero que había vivido los últimos 10 años en Nuevo León, que tenía 8 propiedades que se encontraban en Nuevo León, Ciudad de México, Baja California y Chihuahua, en ese momento de la entrevista, el cliente contaba únicamente con el acta de defunción expedida en idioma y escritura en inglés, del estado de New York.

Ahora bien, para darle legalidad a la defunción del padre de mi cliente, lo primero es traducir del idioma inglés a el idioma español el acta de defunción expedida en el extranjero, esta debe de estar debidamente apostillada por el estado de su emisión, como la traducción es para un trámite de legalización, es decir que se registre la muerte del señor pero ahora en suelo mexicano, la traducción de idioma inglés a idioma español de ser realizada por un perito traductor oficial, que este registrado en el Poder Judicial del Estado de Nuevo León, realizada la traducción mi cliente en su calidad de familiar directo del difunto, acudió a la Oficialía del Registro Civil del Estado de Nuevo León, a entregar ambas actas, y pago de derechos correspondiente, el mismo Estado empezará el trámite de elaboración del acta de defunción con registro nacional.

Cabe mencionarle estimado lector que si usted como particular, no localiza a un perito oficial del Poder Judicial del Estado, acuda a la oficialía del registro civil con el acta de defunción extranjera y señale que no cuenta con traducción y la oficialía del registro civil de Nuevo León, previo pago de derechos la enviará a un perito el acta extranjera y este la devolverá a la oficialía ya traducida al español, recuerde que estos trámites únicamente los puede realizar un familiar directo que lo acredite o en su caso otorgarle poder únicamente para ese efecto a una persona de confianza que usted elija.

Una vez que, al cliente, se le entrego su acta de defunción debidamente registrada en territorio nacional, se realizaron todos los trámites legales correspondientes.

Recuerde siempre que usted quiera realizar algún trámite, pida asesoría con su abogado de confianza.

Hasta la próxima.