El gobierno corporativo y sus buenas prácticas

Juan J. Rosado TEMAS DE CONSULTA

Los Principios de Gobierno Corporativo del G20 y de la OCDE ayudan a los legisladores a evaluar y mejorar el marco legislativo, reglamentario e institucional del gobierno corporativo, con el objetivo de favorecer la eficiencia económica, la estabilidad financiera y el crecimiento económico sostenible.

El objetivo del gobierno corporativo es:

Facilitar la creación de un ambiente de confianza, transparencia y rendición de cuentas necesario para favorecer las inversiones a largo plazo, la estabilidad financiera y la integridad en los negocios. Todo ello contribuirá a un crecimiento más sólido y al desarrollo de sociedades más inclusivas.

Los Principios se dividen en seis capítulos:

  1. Consolidación de la base para un marco eficaz de gobierno corporativo;
  2.  Derechos y tratamiento equitativo de los accionistas y funciones de propiedad clave;
  3.  Inversores institucionales, mercados de valores y otros intermediarios;
  4. El papel de los actores interesados en el ámbito del gobierno corporativo;
  5. Divulgación de información y transparencia; y
  6.  Las responsabilidades del Consejo de Administración.

En esta emisión comentaremos los puntos a considerar en las responsabilidades del consejo de administración.

Aunque en estas prácticas estemos considerando a empresas que cotizan y sobre grandes sociedades, no pueden pasarse por alto su aplicación en cualquier empresa.

El marco para el gobierno corporativo debe garantizar la orientación estratégica de la empresa, el control efectivo de la dirección por parte del Consejo y la rendición de cuentas ante la empresa y los accionistas.

Para lo cual se debe considerar:

A. Los miembros del Consejo deben actuar con pleno conocimiento, de buena fe, con la diligencia y la atención debidas, y según los intereses de la empresa y los accionistas.

B. Cuando las decisiones del Consejo afecten de manera diferente a distintos grupos de accionistas, debe dispensárseles un trato equitativo.

C. El Consejo debe obrar de forma ética y tener en cuenta los intereses de los actores interesados.

D. El Consejo debe desempeñar determinadas funciones clave, entre ellas:

  1. Revisar y orientar la estrategia corporativa, los grandes planes de actuación, las estrategias y los procedimientos de gestión de riesgos, los presupuestos anuales y los planes de negocio; fijar objetivos en materia de resultados; realizar un seguimiento de la ejecución y del cumplimiento por parte de la empresa; y supervisar la inversión en activo fijo, las adquisiciones y las desinversiones de mayor cuantía.
  2. Controlar la eficacia de las prácticas de gobierno de la empresa e introducir los cambios necesarios.
  3. Seleccionar, retribuir, controlar y, en los casos necesarios, sustituir a los ejecutivos clave y supervisar los planes de sucesión.
  4. Adaptar la remuneración de los ejecutivos principales a los intereses a largo plazo de la empresa y sus accionistas.
  5. Garantizar la existencia de un proceso formal y transparente de propuesta y elección del Consejo.
  6. Controlar y gestionar los posibles conflictos de intereses entre la dirección, los miembros del Consejo y los accionistas, incluido el uso indebido de activos corporativos y los abusos en las operaciones con partes vinculadas.
  7. Garantizar la integridad de los sistemas de presentación de informes contables y financieros de la empresa, incluida la auditoría independiente, y la adopción de sistemas adecuados de control, en concreto, de gestión de riesgos, de control económico y operativo, y su adecuación a la legislación y a las normas pertinentes.
  8.  Supervisar el proceso de información y las comunicaciones.

E. El Consejo debe ser capaz de pronunciarse con objetividad sobre los asuntos de la empresa.

  •  Los Consejos deben plantearse asignar un número suficiente de consejeros no ejecutivos, con capacidad para emitir juicios independientes sobre tareas cuando exista un posible conflicto de intereses. Ejemplos de dichas responsabilidades claves son garantizar la integridad de la información financiera y no financiera, revisar las operaciones con partes vinculadas, proponer a los consejeros y ejecutivos clave, y fijar la retribución del Consejo. 
  • Los Consejos deben estudiar la creación de comités especializados que presten apoyo a todo el Consejo en el cumplimiento de sus funciones, en especial, respecto de la auditoría y, según el tamaño y el perfil de riesgo de la empresa, también respecto de la gestión de riesgos y las retribuciones. Una vez constituidos los comités, el Consejo debe definir con claridad y comunicar el mandato, la composición y los procedimientos de trabajo.
  •  Los consejeros deben estar en disposición de comprometerse de manera efectiva a cumplir con sus responsabilidades.
  • Los Consejos deben realizar evaluaciones periódicas de sus resultados y valorar si disponen de la combinación adecuada de conocimientos y competencias.

F. Para poder cumplir con sus responsabilidades, los miembros del Consejo deben tener acceso a información precisa, pertinente y oportuna.

G. Cuando los trabajadores estén obligatoriamente representados en el Consejo, deben diseñarse mecanismos que faciliten el acceso a la información y la formación de sus representantes, de tal manera que esta representación sea efectiva y contribuya de manera óptima a mejorar las competencias, la información y la independencia del Consejo.

Desarrollar estas buenas prácticas dentro de la empresa la llevará a tener un desarrollo sostenible y sustentable dentro del mundo corporativo y una reputación considerable en cuanto al desenvolvimiento de la empresa en el ámbito legal y corporativo.

Fuente: Principios de gobierno corporativo de la OCDE y del G20 © OCDE 2016.